Una reforma urgente

F. Javier Cortés Martinicorena
Estomatólogo. Doctor en Medicina y Cirugía

La Odontología en el marco del Sistema Nacional de Salud avanza lentamente y sin una dirección organizada. Desde la década de los 90 del siglo pasado, se van sucediendo planes y actuaciones aisladas sin una dirección estratégica -sin una “hoja de ruta”-, que se producen exclusivamente por necesidades políticas y no atiende a las necesidades de esta área de la salud. La prueba está en que durante los últimos 30 años, hemos visto muchos planes que han sido puro voluntarismo y han tenido poco recorrido. Del último Plan de Salud Bucodental para la ampliación de la cartera de servicios del SNS, aprobado en junio de 2022, todavía no se ha publicado la Orden Ministerial para su puesta efectiva en funcionamiento (al menos no se ha publicado en el momento de redactar estas líneas, principios de febrero de 2023). Del Equipo Técnico ministerial que ha redactado este Plan, ninguno de sus cuatro miembros en odontólogo. Médicos y farmacéuticos planificando la Odontología.

Se necesita una reforma urgente. Por si proponer sirve de algo, que lo dudo, quiero señalar dos puntos críticos que, en mi opinión, sería necesario corregir antes de la entrada en vigor del nuevo Plan: eliminar la limitación en el tratamiento de la caries y promover la creación de un Servicio o Unidad directora de salud bucodental a nivel estatal y autonómico. 

Respecto de la creación de este servicio, las CC.AA. que a día de hoy prestan los servicios de SBD más consolidados, tanto en la ejecución de la cartera de servicios como en la gestión y evaluación de los mismos, son las que disponen de un Servicio de Salud Bucodental, con un jefe de servicio al frente. La Odontología debe tener una presencia sólida como parte de nuestro sistema de salud con sus conocidos elementos diferenciales respecto de la atención sanitaria general, y para ello debe contar con su propio servicio. No creo que a estas alturas debamos entrar en el debate de que la salud bucodental es parte inseparable de la salud integral del individuo. 

Esta es la iniciativa que sin más dilación deben emprender el Ministerio y los Servicios Regionales de Salud que todavía no disponen de él. Al frente de esa Dirección debe estar un profesional que cumpla el doble criterio de ser Odontólogo -lo que le confiere un conocimiento específico del área de salud- y ser Técnico en Salud Pública -lo que le confiere un conocimiento para la planificación, gestión y evaluación de los servicios-. Claro que esto no se improvisa. Una vía para lograrlo sería la creación de becas para la formación en Salud Pública y Gestión de Servicios dirigidas a odontólogos que puedan asumir estas tareas. Es urgente que se movilicen la sensibilidad y voluntad políticas para hacerlo y dotarlo presupuestariamente. Es el único camino. Sin esa Dirección la Odontología no avanzará, ni menos se consolidará, en el SNS. Nunca es tarde para hacerlo y se deberían sentar las bases para convertir esta necesidad-ya urgente- en realidad.

Esta Dirección, en su nivel estatal, tendría como principales funciones:

  1. La planificación y dirección estratégica de los servicios y prestaciones en el marco del RD de Cartera Común de Servicios del SNS.
  2. La coordinación con la CC.AA. en aras a preservar la equidad y universalidad de los servicios, además de velar por el cumplimiento de esta cartera común, sin menoscabo de la autonomía de gestión de las Comunidades Autónomas que les permite ofrecer una cartera ampliada si lo estiman necesario.
  3. El establecimiento de una metodología para la estandarización y coordinación de los sistemas de información en el marco del SNS.

Si esto es necesario, el segundo aspecto es todavía más urgente porque debería introducirse antes de que se produzca la Orden Ministerial mencionada. La exclusión del tratamiento conservador de los dientes que presentan una lesión de caries invasiva con compromiso vital pulpar no tiene ningún sentido, ni técnico ni ético. Lo justo, oportuno y profesional, es dejar esta decisión a la libertad del clínico que es quien va a conocer las circunstancias médicas y de todo tipo, de cada caso particular. Pero a algunos planificadores no les gusta la libertad clínica y prefieren decidir desde su despacho, por decreto.

Desde el punto de vista técnico, porque las técnicas endodónticas están sobradamente reconocidas y avaladas por la ciencia y sus resultados. Volver a este debate es retroceder 100 años en la odontología. Es en el año 1929 cuando la validez de los tratamientos de conductos pulpares es reconocida y aceptada por la profesión médica. Algunos planificadores deberían leer algo de historia.

La prevalencia de este tipo de lesiones es muy baja -entre el 0,3 y 0,7%-, pero conducirá a la pérdida inevitable de molares en unas edades muy tempranas. De acuerdo a los informes de actividad asistencial PADI (por la única razón de que son los únicos que ofrecen información detallada de estas edades), si hubiera existido esta limitación de tratamiento en el País Vasco y Navarra, estos niños y adolescentes habrían perdido alrededor de 9.000 dientes en la última década.

Desde el punto de vista ético, porque estando reconocida la técnica y siendo posible, no aplicarla en un caso concreto supone incurrir en mala praxis. La extracción de una pieza conservable tiene un resultado lesivo para la salud del paciente, y hablamos de niños y adolescentes hasta los 14 años. Es importante señalar que si esta circunstancia se produce, el odontólogo del sistema público tendrá la obligación de reflejar el motivo de la extracción en la historia clínica e informar al paciente (padres o tutores legales) de que el sistema no le da instrumentos para su conservación. Esto es un imperativo desde el punto de vista legal -lo ampara la ley reguladora de la autonomía del paciente y los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica-. Y es un imperativo desde el punto de vista deontológico. Esto vale para la medicina pública y para la privada. Si el tratamiento conservador de estos dientes no tiene amparo en el sistema público, se está obligando a las familias a buscar tratamiento fuera de él, algo que solo podrán hacer aquellos que tengan formación, información y medios para pagarlo. Parece que quienes han concebido este Plan no han sido conscientes de que esta regulación va a perjudicar precisamente a los que más se quiere proteger.

Estas incongruencias son las que se producen cuando priman los postulados ideológicos sobre los técnicos (ver Anexo al Plan y la negativa calificación de reciben la endodoncia y las grandes reconstrucciones) que, salvando todas las distancias, es lo que estamos contemplando atónitos los ciudadanos con otra controversia actual de tipo jurídico que, ni qué decirlo, tiene un calado infinitamente más profundo e importante que este.