Sentencias favorables que nos dejan insatisfechos

Fallos positivos para los dentistas en Madrid y País Vasco que no evitan la necesaria actualización de leyes para proteger de verdad a la ciudadanía

En estos días hemos tenido noticias de varias sentencias favorables a las pretensiones de los Colegios de Dentistas que las presentaron, pero que aún así nos dejan una sensación de insatisfacción.

Escogemos dos diferentes. La primera, por su importancia cuantitativa y cualitativa, es en la que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dicta revocando, aunque no en su totalidad, la resolución de la Autoridad Vasca de la Competencia, que imponía una sanción de 250.000 euros al Colegio de Álava y 10.000 a su presidenta por unas declaraciones en las que hacía, según la resolución (de la Autoridad Vasca de la Competencia), “valoraciones negativas de diferentes formas de prestación de servicios por parte de ciertos dentistas”.

El Tribunal Superior, tras estudiar el artículo, contextualiza las declaraciones de la Presidenta y entiende que hay una muy básica existencia de infracción. La Sala entiende que sus apreciaciones son “muy leves, esporádicas y de escasa trascendencia” dentro del artículo y no revelan una deliberada campaña. La sanción a la presidenta queda anulada y al Colegio le impone una sanción de 9.000 euros.

Yo me quedo con que por algo de escasa trascendencia, el Tribunal en aplicación de la Ley impone una sanción de 9.000 euros. Recalco “en aplicación de la Ley”.

En su día desde esta publicación mostramos nuestra solidaridad a la presidenta Mozas y al Colegio de Álava, hoy nos congratulamos por el resultado y volvemos a solidarizarnos con quien durante este tiempo ha sufrido las consecuencias de una injusticia a la que ahora se pone fin. El mal trago ahí queda.

Otra sentencia, escogida de entre muchas similares, es la del Juzgado de lo Penal Nº 22 de Madrid, en que tras denuncia del Colegio de la I Región, queda probado que el denunciado ejercía como dentista sin poseer el título correspondiente, siendo condenado a seis meses de multa y devolver lo cobrado. Todo esto en aplicación de la Ley a la que vienen obligados los Tribunales.

«En el marco legislativo en que nos movemos es más grave, en lo que a ser sancionado respecta, unas palabras de escasa trascendencia que atentar contra la salud de un ciudadano»

Parece que hacerse pasar por lo que no se es y poner en riesgo con engaño la salud de otros para obtener un beneficio económico no tiene relevantes consecuencias.

Nuestra conclusión, que como opinión pedimos a quien no la comparta lo explique, es que en el marco legislativo en que nos movemos es más grave, en lo que a ser sancionado respecta, unas palabras de escasa trascendencia que atentar contra la salud de un ciudadano.

Nuestra enhorabuena al Colegio de Álava que, gracias a la actuación de los Tribunales de Justicia, podrá seguir defendiendo a la profesión y a los ciudadanos.

A nuestros legisladores no les podemos felicitar en esta ocasión. Les pedimos que piensen en la salud de los ciudadanos y den a los Tribunales las herramientas que la sociedad demanda para protegerse.